PFC


El Programa de Formación Complementaria, tiene como función la formación inicial de educadores para el nivel de educación preescolar y el ciclo de educación básica primaria y responde a las normas reglamentarias contempladas en la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y que se resumen en la actualidad en el Decreto 4790 del 19 de Diciembre de 2008.
Como punto de  partida debemos remitirnos al decreto 4790 de 2008, mediante el cual el MEN determinó como referentes los siguientes principios pedagógicos en el diseño y desarrollo de su propuesta curricular y plan de estudios en el  programa de  formación complementaria
1. La educabilidad. El programa de Formación complementaria debe estar fundamentado en la concepción integral de la persona humana, sus derechos, deberes y posibilidades de formación  aprendizaje.
2. La enseñabilidad. La formación complementaria debe garantizar que el docente sea capaz de diseñar y desarrollar propuestas curriculares pertinentes para la educación preescolar y básica primaria
3. La pedagogía. Entendida como la reflexión del quehacer diario del maestro a partir de acciones pedagógicas que favorezcan el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos.
4. Los contextos. Entendidos como un tejido de relaciones sociales, económicas, culturales, que se producen en espacios y tiempos determinados.






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